Iglesia de Dios en Guatemala

INTRODUCCIÓN

La doctrina de la Iglesia de Dios llegó a la República de Guatemala a mediados del siglo XX, procedente de México, por medio de Ernesto Valencia y posteriormente por el joven misionero Antonio Vega.

Su personalidad jurídica fue aprobada por el Gobierno de la República de Guatemala, mediante Acuerdo Gubernativo de fecha 11 de diciembre de 1957, reconociéndola como una entidad con autoridad, normas y estatutos propios.

ADMINISTRACIÓN DE LA IGLESIA DE DIOS

En el plano internacional, la Iglesia es miembro del Congreso Ministerial Internacional de la Iglesia de Dios (Séptimo Día).

En el ámbito nacional, la administración de la Iglesia se desarrolla de la siguiente forma:

1. Concilio Nacional.

2. Gobierno Central.

3. Directivas de Distrito.

4. Pastores.

CONCILIO NACIONAL

El Concilio Nacional es el conjunto de Ministros con credencial conciliar vigente, reunidos en un mismo lugar para deliberar respecto a doctrina y administración. Es la autoridad máxima de la administración. El estudio, aprobación, modificación y ampliación de los puntos doctrinales, son atribuciones exclusivas del Concilio. No tiene ninguna autoridad superior en lo que se refiere a la jerarquía administrativa.

GOBIERNO CENTRAL

El Gobierno Central es el organismo que sirve de enlace entre el Concilio Nacional y toda la Iglesia. Tiene a su cargo toda la administración de la Iglesia de Dios en la República de Guatemala. Tiene como apoyo al Departamento Ministerial, el cual se encarga de la recepción de propuesta de candidatos a Ministro, su estudio y aprobación, así como de llevar un registro de los hermanos que cuentan con un grado ministerial y de apoyar a los Ministros. El Gobierno Central se encuentra sujeto al Concilio Nacional. El Gobierno Central está integrado por una Directiva conformada por Ministros nombrados por el Concilio Nacional. Su Directiva tiene un período de cuatro años a partir de su nombramiento.

El período de los actuales miembros del Gobierno Central, dio inicio en junio del año 2010. Está conformado por:

Presidente Min. Gamaliel Argueta Melendrez

Vicepresidente Min. Walter Apén Ruiz

Secretario Min. Miguel Josafat Santa Cruz Ramírez

Tesorero Min. David Armando Villanueva Rivera

Vocales Min. Adolfo López

Min. Carlos Humberto Sánchez García

Min. Abdías Colop

DIRECTIVAS DE DISTRITO

Las Directivas de Distrito, son los organismos de enlace entre el Gobierno Central y el Pastorado de la Iglesia. Cada Distrito constituye una porción geográfica del territorio nacional, dentro del cual las Directivas son la autoridad inmediata. Tienen a su cargo la organización del Pastorado de sus Iglesias, asesoran y supervisan constantemente al Pastorado de su territorio y mantiene informado al Gobierno Central de sus actividades, entre otras funciones. Administrativamente, su autoridad superior es el Gobierno Central. Su período cuenta a partir de su organización o reorganización.

PASTORES

Los Pastores son la autoridad superior en su respectivas Iglesias locales. Son nombrados por las Directivas de Distrito a las cuales están sujetos. Su autoridad administrativa superior son las Directivas de Distrito a las que pertenecen. Los pastores deben velar por el fortalecimiento espiritual de sus Iglesias y propagar el evangelio en sus comunidades. Deben formar grupos locales de apoyo (femenil, juvenil, infantil, obreros y los que considere necesarios).

GRADOS MINISTERIALES

En Guatemala, la Iglesia cuenta solamente con dos grados ministeriales: Ministros y Obreros.

Los Ministros son nombrados por el Gobierno Central, a través del Departamento Ministerial, mientras que los Obreros, son nombrados por las Directivas de los Distritos, por medio de sus pastores.

Pueden proponer candidatos a Ministros: Los pastores, las Directivas de los Distritos, el Gobierno Central y el Departamento Ministerial. La propuesta debe ser enviada al Departamento Ministerial, exponiendo las razones, así como el historial del candidato.

Los Ministros tienen como atribuciones exclusivas, además de la responsabilidad de propagar el evangelio y de ser pieza fundamental en las Iglesias locales de las cuales son miembros: Bautizar, ungir enfermos y participar con derecho a voz y voto en las reuniones del Concilio Nacional.

Los Obreros tienen la obligación de obtener su credencial y sin la misma, no tienen autorización para trabajar en la obra como Obreros. Las atribuciones de los Obreros consisten en colaborar y ser pieza importante en las labores cotidianas de la Iglesia, tales como: dirigir cultos, predicar y las que les asignen sus respectivos pastores. Tales funciones también son responsabilidad de los Ministros.

Puede contactar a la Iglesia de Dios en Guatemala a través del correo electrónico igledios@yahoo.es o en los teléfonos (502) 24377456 y (502) 24333500. Sitio Web: www.iglesiadedios.org.gt.